En España, es el documento que acredita que una determinada embarcación cumple las condiciones exigidas reglamentariamente y da constancia de los reconocimientos efectuados, su clase y la fecha de los próximos a realizar. Lo expide siempre la Administración Marítima, una vez superado el reconocimiento inicial, excepto las embarcaciones con marcado "CE" que están exentas del mismo y la expedición del certificado será de forma automática. Navegar sin el Certificado de Navegabilidad o con éste caducado podrá ser considerado como infracción grave o muy grave por parte de la administración española. [Inglés] : seaworthiness certificate